5 formas de participar de las decisiones que se toman en tu comuna

¿Tienes interés por participar de forma activa en las decisiones que se toman en tu comuna? Existen diferentes mecanismos para hacerlo y aquí te contamos más sobre 5 de estos procesos: Consejo Comunal de la Sociedad Civil (COSOC), Oficina de información, reclamos y sugerencias (OIRS), Plebiscitos comunales, Audiencias públicas y Consultas ciudadanas.

1. Consejo Comunal de la Sociedad Civil (COSOC)

Tiene como objetivo asegurar un mecanismo institucional de participación de la ciudadanía en el control ciudadano de la gestión municipal, proporcionando un espacio de carácter consultivo y asesorando en el diseño, planificación, ejecución y evaluación de las políticas púbicas comunales al igual que la gestión realizada por el municipio.

Pueden estar representadas en este consejo organizaciones comunitarias territoriales, organizaciones comunitarias funcionales, organizaciones de interés público, organizaciones sindicales, asociaciones de comunidades indígenas*, asociaciones gremiales* y organizaciones de otras actividades relevantes en el desarrollo económico, social y cultural de la comuna.* Los representantes se eligen por votación de los miembros de cada organización, en elecciones cada 4 años.

*Estas organizaciones no pueden superar 1/3 de los miembros del Consejo.

Una de sus tareas principales es pronunciarse, en el mes de marzo de cada año, sobre:

• Cuenta pública que el Alcalde genere de su gestión anual y sobre la marcha y funcionamiento general de la Municipalidad.

• Cobertura y eficiencia de los servicios municipales.

• Formular propuestas de presupuesto, plan comunal de desarrollo, plan de inversiones y formular modificaciones al plan regulador.

 

2. Oficina de Información, Reclamos y Sugerencias (OIRS)

Esta oficina tiene por objeto recoger las inquietudes de la ciudadanía, además de ingresar los formularios con las sugerencias y reclamos pertinentes, que tendrán definido un procedimiento de respuesta.

Objetivos

• La difusión de programas sociales y trámites propios de las reparticiones municipales.

• La comunicación de las prioridades municipales.

• Deriva e informa sobre atenciones relacionadas con otras instituciones públicas.

• Canaliza reclamos respecto a situaciones generadas en el marco de los órganos y servicios dependientes de la municipalidad.

Recoge sugerencias para mejorar la calidad del servicio que ofrece la municipalidad.

• Recibe felicitaciones con el objeto de destacar el buen desempeño de nuestros funcionarios.

En estos espacios, el Municipio debe garantizar el derecho a una atención de calidad, para todas las personas que acudan a ellas.

 

3. Plebiscitos Comunales

Los Plebiscitos Comunales son aquella manifestación de la voluntad soberana de la ciudadanía, a través de la cual se expresa la opinión en relación de las materias de interés comunal que le son consultadas.

Conforme a la ley, las materias que pueden resolverse en las urnas son las siguientes:

  • Asuntos de administración local relativas a inversiones específicas de desarrollo comunal

  • La aprobación o modificación del plano comunal de desarrollo

  • Otras materias de interés para la comunidad local, siempre que sean propias de la esfera de competencia mundial

En cuanto a la convocatoria del plebiscito comunal, esta se puede llevar a cabo de la siguiente forma:

1. Mediante decisión del Alcalde con acuerdo del Concejo Municipal

2. Mediante decisión del Alcalde, a requerimiento del Concejo Municipal por acuerdo de 2/3 de sus respectivos integrantes

3. A petición de los 2/3 de los integrantes en ejercicio del Consejo Comunal deOrganizaciones de la Sociedad Civil;

4. Por iniciativa del 5% de los ciudadanos inscritos en los registros electorales, que participaron en la última elección.

Dentro del décimo día de haberse llevado a cabo el procedimiento de convocatoria, el Alcalde deberá dictar un decreto para convocar al plebiscito. Su publicación en el Diario oficial se realizará durante los 15 días siguientes, y la votación se realizará 120 días después de la publicación del decreto.

4. Audiencias Públicas

La audiencia pública es un mecanismo mediante el cual el Alcalde y el Concejo Municipal darán cuenta y deliberarán junto con la ciudadanía, materias que estime de interés la comunidad por medio de una solicitud escrita. En ella se establece el derecho efectivo de todo ciudadano a ser oído y a expresar su opinión.

¿Cómo solicitar esta audiencia?

La solicitud debe contener los fundamentos de la materia sometida a conocimiento del concejo y acompañarse de las firmas de respaldo correspondientes. El número de firmas dependerá de los habitantes de la comuna, en conformidad al Artículo 97 de la Ley Nº 18.695. En general no puede ser menos de 100 ciudadanos de la comuna que pueden plantear, con la excepción de las comunas de menos de 5000 habitantes, y para tales efectos el concejo determinará el número de los ciudadanos.

 

5. Consultas Ciudadanas

En la consulta ciudadana, la comunidad local podrá emitir opiniones y formular propuestas de solución a problemas colectivos del lugar donde residen.

La consulta ciudadana podrá ser dirigida a las organizaciones de interés público, las organizaciones de voluntariado, asociaciones gremiales, organizaciones sindicales y la ciudadanía en general.

Objetivos

• Recabar la opinión y aportes de ciudadana sobre alguna política a su enriquecimiento en las distintas etapas del ciclo de vida de la política pública.

• Incrementar la legitimidad de las políticas públicas a través de la deliberación y co-construcción de éstas entre los servicios públicos y la ciudadanía.

• Fortalecer los canales y espacios de información y opinión de la ciudadanía, promoviendo una respuesta de calidad y oportuna de parte de los órganos de la Administración del Estado.

La consulta ciudadana puede realizarse mediante la modalidad presencial y/o virtual, o ambas en forma simultánea, si lo que se desea contar con mayor tasa de participación:

Modalidad Presencial a través de Diálogos Participativos y votación en urna.

Modalidad Virtual a través de foros de opinión y votación electrónica.

La consulta ciudadana será convocada por el municipio, luego de ser informado el Concejo Municipal.

 

Existen también otras instancias de participación en tu comuna como: Presupuesto participativo, Fondo de desarrollo vecinal (FONDEVE), Cabildos comunales y Cartas de servicio.

Te invitamos a seguir las redes sociales y sitio web de tu municipalidad para mantenerte informado(a) y así poder participar de forma activa en las decisiones que impactan directamente a tu comunidad.

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